La realidad de la donación de sangre de cordón umbilical

Natalia Barrio Forné

23 de septiembre de 2025

El primer trasplante de Sangre de Cordón Umbilical (SCU) se llevó a cabo en 1988 y, unos años más tarde, en 1992, se creó en Nueva York el primer Banco de SCU. Estos dos hitos supusieron un gran avance en la medicina, pero la realidad es que ha habido muchos cambios desde entonces.

 

Con la apertura del primer Banco de SCU, aumentaron rápidamente las donaciones y las instituciones, tanto públicas como privadas, encargadas de su almacenamiento. Actualmente, en España, existen 7 bancos públicos de donantes de médula ósea, quienes almacenan también la SCU, y 2 bancos privados autorizados. Posteriormente, con el avance la investigación médica, comenzaron a realizarse otro tipo de trasplantes alogénicos, lo que llevó a la disminución drástica del número de donaciones, concretamente un 20% en los últimos 5 años.

 

Otros asuntos importantes ligados a este almacenamiento de SCU que han surgido en los últimos años son el principio de solidaridad y la publicidad de los bancos privados. Las empresas privadas promocionan la donación de SCU como un seguro biológico para uso autólogo, dando lugar así a situaciones idílicas con un objetivo mercantil muy claro. Este hecho compromete el principio de solidaridad, ya que hay riesgo de que se depositen muchas unidades para uso de la persona que dona, lo que impide que haya una muestra lo suficientemente grande como para cubrir las necesidades de donación y, en consecuencia, pone en peligro el sistema de donación.

 

Esta idea del almacenamiento para uso autólogo podría aplicarse de forma pública siempre y cuando hubiera motivos médicos para ello, llevando a cabo un sistema organizado y con costes a cargo del fondo nacional. Con la intervención de los bancos de SCU privados, se genera una discriminación económica y la posibilidad de pérdida de la propiedad hacia esa muestra de SCU en el caso de impagos a favor de la institución privada, quien por contrato, siempre respetando la confidencialidad  y la privacidad, pueden vender esa SCU a otras instituciones para investigación.

 

Todas estas nociones llevan a asociar popularmente el concepto de almacenamiento al ente privado y la donación a la institución pública. Por tanto, es importante que aquellas personas que se planteen realizar una donación de SCU, tanto a un banco privado como público conozcan bien el sistema y la utilidad de la muestra obtenida.

 

La donación de SCU se ofrece a las pacientes aptas de forma universal en todos los hospitales materno-infantiles acreditados y con profesionales formados para ello. Se puede recoger en partos vaginales o quirúrgicos (cesárea), tanto si han comenzado espontáneamente o han sido inducidos. El momento preciso para ello es después del nacimiento del recién nacido, cuando ya se ha pinzado y cortado el cordón umbilical y previo a la expulsión de la placenta. Este hecho no está reñido con el pinzamiento tardío del cordón umbilical, práctica avalada y recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y numerosas sociedades científicas obstétrico-ginecológicas.

 

Para garantizar su almacenamiento, se precisa recolectar una cantidad alta de SCU que, en muchas ocasiones, es difícil de alcanzar. Esto significa que hay muy pocas muestras que pueden guardarse para uso clínico. Después, se analiza la muestra para detectar posibles enfermedades infecciosas, además de estudiar un conjunto de parámetros considerados mínimos para calificar la muestra como idónea.

 

Dos de los inconvenientes más destacados del uso terapéutico de la SCU son la tardanza en producir el efecto necesario, lo que lleva frecuentemente a la segunda consecuencia, que es la inevitable solicitud de una segunda muestra de SCU por el limitado número de células madre hematopoyéticas que tiene una sola unidad.

 

Es por ello que la normativa española estableció que todas las muestras recogidas que se almacenen tanto en bancos públicos como privados deben figurar en el Registro de donantes de médula ósea (REDMO), constituyéndose así un acceso universal para cualquier persona que lo necesite y sea compatible con dichas unidades y, en consecuencia, eliminando en cierta manera la exclusividad interpuesta por los bancos privados en beneficio del principio de solidaridad y altruismo característicos de las donaciones.